Nuevo número telefónico del ISS (2954) 383600.

Seguros Escolares

 


La Caja de Seguros S.A. a través de la Dirección de Seguros proveé la cobertura para todos los alumnos de los niveles Inicial, EGB 1, 2, 3 y Polimodal, Primario y secundario dependientes del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa. Seguro de Accidentes Personales-Escolares Condiciones Generales: RIESGOS CUBIERTOS • Muerte accidental durante Jornada Escolar e in itinere: La Caja pagará la suma asegurada de esta cobertura si el asegurado fallece a consecuencia de un accidente cubierto. p>• Incapacidad Total y Parcial Permanente por accidente durante Jornada Escolar e in itinere: Si a consecuencia de un accidente cubierto el Asegurado sufre un estado de invalidez permanente, la Caja pagará una suma igual al porcentaje sobre la indemnización que corresponda de acuerdo con la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida. • Cobertura adicional de Asistencia Médica Farmacéutica por accidente con una franquicia de $ 6.500,00 durante Jornada Escolar e in itinere:  Se cubre hasta la suma prevista el reembolso de los gastos de asistencia médico-farmacéutica en que haya incurrido razonablemente el Asegurado prescripta por el facultativo, con motivo de todo accidente cubierto. • Accidente Cubierto:  Se entiende por accidente cubierto el producido únicamente durante su permanencia en el establecimiento, dentro de los horarios de actividad fijados o durante su participación en actos, paseos, excursiones, desfiles, visitas o cualquier actividad, organizados y vigilados por la respectiva autoridad educacional, directa y exclusivamente por causas externas, violentas y fortuitas, ajenas a toda otra causa e independientes de la voluntad del Asegurado, descartándose por lo tanto las enfermedades y también las infecciones. •Queda entendido y convenido que la presente póliza cubrirá a los asegurados  durante su permanencia en el establecimiento dentro de los horarios de actividad fijados, durante su traslado desde y hasta sus domicilios, cualquiera fuere el medio normal de locomoción que empleasen y ante su participación en actos, paseos, excursiones, desfiles, visitas o cualquier otra actividad, organizados y vigilados por la respectiva autoridad educacional. CAPITALES ASEGURADOS • Muerte por accidente durante jornada escolar e in itinere = $ 1.300.000 • Incapacidad total y parcial permanente por accidente durante la jornada escolar e in itinere = $ 650.000 • Asistencia Médica Farmacéutica por accidente con una franquicia de $ 6.500 en jornada escolar e in itinere = $ 108.000.000.

>> Resolución General 542/11

>> Póliza Escolares

>> Cláusulas Póliza Escolares

 

Seguro de Responsabilidad Civil –  Establecimientos Educativos Provinciales

 

Responsabilidad Civil establecimientos educativos

Se recuerda que todos los establecimientos educativos públicos dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia cuentan con un seguro de Responsabilidad Civil para cubrir a los terceros ante posibles siniestros ocurridos dentro del establecimiento.

Cuando la escuela/colegio organice o ceda las instalaciones para realizar alguna actividad extracurricular, ya sea cultural, social, deportiva, etc. deberá notificar la realización del evento con una anticipación de 72.00 hs. por escrito ante ésta Dirección de Seguros detallando:

  • Tipo de actividad que se va a realizar.
  • Lugar.
  • Fecha y Hora.
  • Cantidad aproximada de personas que asistirán.
  • Provisión de alimentos y/o bebidas
Póliza Establecimientos Educativos
 

 

Ayuda

 

Deben ser denunciados todos los accidentes ocurridos dentro de los horarios de actividad escolar o durante su participación en actos paseos, excursiones, desfiles, visitas o cualquier actividad educativa. Entendiendo por accidentes, todos aquellos producidos sólo por causas externas, violentas y fortuitas ajenas a la voluntad del asegurado, descartándose por lo tanto: enfermedades, desmayos o causas similares. También deben ser denunciados, los ocurridos durante su traslado desde y hasta su domicilio, cualquiera sea el medio de traslado o locomoción que utilizase.
El accidente deberá ser denunciado enviando la siguiente documentación dentro de los 5 días hábiles posteriores al accidente: Planilla de Denuncia de Accidentes Escolares (agregar el link al formulario on line) firmada por la respectiva autoridad escolar. Acta y croquis explicando las circunstancias del accidente. Primer certificado de atención médica.
Sí, debe denunciarse. Mediante exposición policial cuando se trate de un accidente fuera del establecimiento sin acompañamiento de personal escolar, trátese de un accidente de tránsito u otros (caída, peleas callejeras, etc.)
La indemnización de un accidente escolar la recibe la autoridad escolar, quien firmó la denuncia. Una vez cobrado el cheque, la autoridad escolar es la responsable de entregar este monto indemnizado a quien/es hayan asumido el gasto.
  • Muerte por accidente durante jornada escolar e in itínere : $ 600.000,00
  • Incapacidad Total y Parcial Permanente por accidente durante la jornada escolar e in itínere: $ 300.000,00
  • Asistencia médica y farmacéutica por accidente durante jornada escolar e in itínere: $ 50.000,00. Se especifica que no se cubren los gastos de traslado y teléfono-fax.
Muerte por accidente durante jornada escolar e in itínere. Incapacidad Total y Parcial Permanente por accidente durante la jornada escolar e in itínere. Asistencia médica y farmacéutica por accidente durante jornada escolar e in itínere.
No se cubren los gastos de traslado, de teléfono o fax. Sólo los gastos de atención médica y farmacológica.
El alumno accidentado debe ser atendido en establecimientos pertenecientes al Sistema Oficial de Salud de la provincia de La Pampa. En las localidades en donde no hubiera establecimientos de estas características o cuando la gravedad del hecho requiera un tratamiento de urgencia, podrá ser atendido en establecimientos privados. Cabe aclarar que en este último caso, el reintegro será realizado a valores del Nomenclador de la obra social SEMPRE.
Para solicitar el reintegro de gastos se debe enviar: Certificados de atención médica donde conste el diagnóstico y factura original Prescripción médica de la práctica solicitada y factura original. En caso de radiografías, también deberán enviarse las mismas con el informe radiológico.

 

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